SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1793/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1793/2013

Fecha: 21-Oct-2013

II.2.

II.2.  El 9 de mayo de 2013, las autoridades judiciales demandadas procedieron a resolver la recusación formulada por el accionante contra el Juez ciudadano Daniel René Colque Paredes pronunciando el Auto Interlocutorio 63/2013 a través del cual “…resuelven rechazar inlimine la recusación planteada por Alejandro Roda Rojas permitiéndose continuar al ciudadano Daniel René Colque Paredes como juez ciudadano integrante del Tribunal” (sic), aludiendo la aplicación de la “SC 0038/2012 de 26 de marzo” y “artículo 321 numeral 1 y 4 de la Ley 007 que introduce modificaciones al sistema penal normativo” (sic), alegando que se trata de un aspecto tratado y rechazado con anterioridad; además indican: “De actuados consta que en 23 de abril del año en curso el Tribunal de Sentencia Primero de la Capital mediante resolución expresa se adentró a considerar la problemática traída por Roda Rojas rechazando inlimine la excusa formulada por Daniel Colque Paredes por ser extemporánea y que en virtud a lo previsto en el Artículo 62 del Ordenamiento procesal Penal los Jueces Ciudadanos designados no podrían excusarse. Posteriormente, resultando evidente que la designación es anterior al memorial de parte operando el principio de preclusión de cara al principio de legalidad procesal penal…” (sic) (fs. 3 a 9 vta.).