SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1806/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1806/2013

Fecha: 21-Oct-2013

II.6.

II.6.  Por Auto de 10 de enero de 2013, el Juez Tercero de Partido en lo Civil y Comercial -ahora demandado-, resolvió la solicitud de librar mandamiento de desapoderamiento en favor del demandado -ahora tercero interesado-, para llegar a su determinación refirió que si bien es cierto que en la Sentencia no se ordenó la restitución y/o entrega del bien inmueble a favor del demandado; sin embargo, este demandó reconvencionalmente la entrega de dos habitaciones, además la SCP 0121/2012 resolvió un caso similar sobre reconocimiento de mejor derecho propietario, dicha Sentencia señaló que: “…la facultad de las autoridades jurisdiccionales de ordenar el desapoderamiento en ejecución de fallos, para el caso de procesos en los cuales existía sentencia estimatoria que declare el derecho propietario en relación a la parte actora, responde al principio de aplicación directa y efectiva del contenido esencial del derecho de propiedad, es decir, a la aplicación efectiva y real de sus tres elementos el uso, goce y disposición…” (sic); así también, la misma Sentencia refirió “El desapoderamiento del bien en litigio, aunque no hubiese sido expresamente pedido en la demanda, es un derecho fundamental de propiedad, por lo que sus alcances inequívocamente recaen sobre la cosa litigiosa, cumpliendo así con el mandato del art. 190 del CPC…” (sic), el Juez ahora demandado señaló que esa Sentencia interpretó los alcances de ejecución de una sentencia donde se reconoció el derecho propietario de una persona jurídica sobre un bien real, debiendo darse aplicabilidad a la mencionada Sentencia Constitucional Plurinacional que tiene un carácter vinculante y de cumplimiento obligatorio, por tanto dispuso la notificación de la hoy accionante a objeto de que en el plazo de tres días desocupe y haga entrega a favor de Hilarión Rodríguez Padilla las habitaciones que ocupa en el bien inmueble, bajo conminatoria de expedirse mandamiento de desapoderamiento (fs. 568 a 571).