SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1806/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1806/2013

Fecha: 21-Oct-2013

II.7.

II.7.  Mediante Auto de 11 de enero de 2013, el Juez demandado, resolvió la excepción de prescripción interpuesta por la accionante, indicando que la prescripción tiene dos componentes la prescripción adquisitiva por el cual se adquieren derechos o la prescripción liberatoria que libera obligaciones, la actora opuso excepción de prescripción en forma confusa, no especificó el tipo de prescripción que impetra, infiriéndose que es de carácter adquisitivo y no acreditó con prueba que se haya declarado la extinción del derecho propietario del demandado sobre el bien inmueble, en el proceso de usucapión se pronunció Sentencia de carácter declarativa y no condenatoria, por lo que no es aplicable la previsión del art. 1513 del CC, no existiendo plazo para su ejecución; por otro lado, sobre la retroactividad de la ley manifestó que el art. 123 de la CPE, dispone para lo venidero y no tendrá efecto retroactivo, este artículo refiere específicamente a la retroactividad de la ley y no refiere a otro tipo de resoluciones como son las Sentencias Constitucionales que pueden ser aplicadas en el tiempo, con esos fundamentos declaró improbada la excepción de prescripción opuesta por la ahora accionante (fs. 572 a 574 vta.).