SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1846/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1846/2013

Fecha: 29-Oct-2013

1)

René Alcoba Maldonado, Jefe de la División Delitos Contra la Propiedad de la FELCC de El Alto, presentó informe escrito cursante a fs. 8, expresando lo siguiente: 1) El grupo a su mando, compuesto por los codemandados, el 17 de mayo de 2013, realizaron un operativo en la zona Alto Lima, donde en flagrancia sorprendieron a Eulogio Huanca Quispe, Julia Colque Gutiérrez, Raymundo Huanca Limachi y Juana Mamani Ramos, en su movilidad vagoneta con placa de control 340-UIK, marca Mitsubishi, en posesión de varios objetos robados que pretendían ser vendidos, por lo que los aprehendieron y condujeron a la FELCC, realizando todos los informes y poniendo a conocimiento del representante del Ministerio Público; y, 2) Los aprehendidos, fueron puestos a disposición del Fiscal del caso, quien presentó la imputación formal para la audiencia de medidas cautelares.

Según las normas procesales penales desarrolladas precedentemente, la policía puede aprehender a las personas en caso de flagrancia sin la existencia previa de orden fiscal o judicial o mandamiento emanado de las mismas; es decir, cuando sea sorprendido en el intento de cometer el delito, cometiendo el delito o inmediatamente después mientras es perseguido por la policía, pero con el único fin de ponerle a disposición de la Fiscalía, y esta a su vez, remita ante la autoridad jurisdiccional competente para que se determine su situación jurídica.