SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1978/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1978/2013

Fecha: 04-Nov-2013

II.3.

II.3.  La Circular 27/2013-P-TDJ emitida por el Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, estableció los juzgados que debían quedarse de turno y las labores con las que deben cumplir los mismos, en ningún momento refiere que dichas labores correspondan estar sujetas a un rol que vaya con referencia a la libertad, sino que también ser interpretada como la acción a cumplir al Órgano Judicial con referencia a las causas con detenidos a efectos de que no se vulneren los derechos y garantías y no se ingrese a una mora procesal (de acuerdo a lo aseverado por el Juez de garantías a fs. 35 vta.).