Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1991/2013
Fecha: 04-Nov-2013
II.11.
II.11. La misma fecha, en mérito a la excusa de los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, se remite a la Sala Penal Tercera el memorial de acción de libertad de 13 de julio de igual año, que fue interpuesto por Claudia Gabriela Ecos Torrico y Edward Anthony Burke Pommier en representación sin mandato de Mario Rafael Suárez Villazón contra las autoridades demandadas (fs. 30 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegando
- II.1
- II.2
- II.3.
- II.5
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad alcance y finalidad
- III.3. Activación simultánea
- III.4. De las resoluciones dictadas por la jurisdicción constitucional en materia de acciones de libertad
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo