Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1991/2013
Fecha: 04-Nov-2013
II.7.
II.7. De la misma data, el acta de audiencia de aplicación de medidas cautelares contra el accionante, por la supuesta comisión del ilícito de lesiones graves, resolvió el incidente de actividad procesal defectuosa, donde se denunció la aprehensión al margen de la ley por parte de efectivos policías; en consecuencia, ilegalmente detenido por el lapso de seis días, manifestándose contrariamente el denunciante y el Ministerio Público al indicar que se obró en el marco legal, por cuanto se rechazó el incidente, con notificación a las partes por ser susceptible de apelación (fs. 92 a 106).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegando
- II.1
- II.2
- II.3.
- II.5
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad alcance y finalidad
- III.3. Activación simultánea
- III.4. De las resoluciones dictadas por la jurisdicción constitucional en materia de acciones de libertad
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo