SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2053/2013
Fecha: 18-Nov-2013
Fragmento 16
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, en revisión resuelve: CONFIRMAR la Resolución 09/2013 de 18 de junio, cursante de fs. 63 a 64 vta., pronunciada por el Juez Cuarto de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz, y en consecuencia DENEGAR la tutela solicitada, con la aclaración de que no se ingresó al análisis del fondo de la problemática planteada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2. Subsidiaridad excepcional de la acción de libertad
- -salvo justificación razonable
- conforme lo establece el art. 251 del CPP, una vez interpuesto, las actuaciones pertinentes deben ser remitidas ante la Corte Superior del Distrito en el término de veinticuatro
- III.4. Análisis del caso concreto
- jueves 13 de junio de 2013
- Fragmento 16