Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2061/2013
Fecha: 18-Nov-2013
a)
El abogado de la accionante ratificó el contenido de la demanda y la amplió señalando: a) Pasaron diez meses desde el inicio de la investigación y no existe avance de la misma, tomándose el camino más simple de sindicar a una persona apodada “Tuty”, cuando el accionante no tiene ningún apodo, menos el indicado; y, b) Se imputó a Edy Robin Rodríguez Soruco, en base a una simple suposición, presentando como prueba su declaración informativa policial, sin mencionar el secuestro de la factura y los recibos que se hace mención, ni se investigó sobre el derecho propietario del inmueble donde se realizó el allanamiento.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza de la acción de libertad
- III.2.La protección del debido proceso a través de la acción de libertad
- ) El acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) Debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad”
- Fragmento 15
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR