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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2067/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2067/2013

    Fecha: 18-Nov-2013

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    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • concedió
    • II.1
    • II.2
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.    Naturaleza jurídica, alcances y ámbito de protección de la acción de libertad
    • Fragmento 13
    • SCP 1001/2012
    • que él mismo provocó su indefensión, pues no cumplió con lo previsto en el art. 101 del CPC -aplicable en materia familiar de acuerdo a lo dispuesto en el art. 383 del (CF)- que dispone que el demandado está obligado a constituir, en su primer escrito, ´…domicilio dentro del radio de diez cuadras con respecto al local del juzgado en las capitales de departamento y de tres en las provincias. Este domicilio se reputará subsistente para todos los efectos legales mientras no se haya designado otro´.
    • 2010
    • Fragmento 17
    • III.3.    Análisis del caso concreto
    • el ahora accionante, por memorial presentado el 1 de marzo de 2013, observó la liquidación, señalando que presentó pruebas que acreditan el pago de la asistencia familiar para sus dos hijos, pero que, respecto a la pensión del colegio, sus hijos pueden estudiar en centros educativos fiscales, por lo que pidió la revisión de dicha obligación, señalando en el Otrosí 2º: “Futuras providencias en la secretaría de su noble despacho”.
    • además de estar obligado a fijar un domicilio
    • REVOCAR

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