SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2116/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2116/2013

Fecha: 21-Nov-2013

Fragmento 26

         La jurisprudencia constitucional, ha establecido que: «…por el solo hecho de estar privado de libertad, como lógica consecuencia, los demás derechos de alguna manera se encuentran disminuidos, colocando al detenido en una situación de necesidad o desigualdad ante quien está en condiciones normales de libertad, tal el caso por ejemplo de los derechos a la vida a la salud; y por ende, a la condición humana;  empero ello no significa que el privado de libertad pierda esos derechos, pues tiene todas la facultades para exigir su respeto y vigencia por parte del Estado y aunque estén restados en alguna medida, no están perdidos y son totalmente exigibles y tutelables» (SCP 0166/2010- R de 17 de mayo).