SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2118/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2118/2013

Fecha: 21-Nov-2013

II.9.

II.9.  Por memorial presentado el 24 de febrero de 2012, al Honorable Concejo Municipal de Magdalena, el ahora accionante, solicitó lo siguiente: “…solicito en el día convocarme para asumir mi curul de Concejal, ante la renuncia irrevocable de la titular Sra. Norma Rojas Arza; bajo protesta de iniciar en su contra acción de Amparo Constitucional…” (sic) (fs. 25). Dicho memorial fue puesto en consideración en sesión ordinaria 09/2012 de 1 marzo, a la que asistieron Norma Rojas Arza, Presidenta a.i, Freddy Suárez Suárez, Concejal Secretario, Lucrecia Guasania Cabao y Oscar Dorado Atiare, Concejales, sesión en la que el último de los nombrados, ahora demandado refirió “…en cuanto al contenido del mismo este órgano deliberante ya se pronunció respecto a lo solicitado por el impetrante, quedando asentado en las actas   N° 06/2012 y 07/2012, y que en ningún momento este órgano deliberante ha guardado silencio administrativo…” (sic), criterio con el cual expresaron su acuerdo los demás concejales presentes (fs. 98 a 100).