SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2132/2013
Fecha: 21-Nov-2013
Fragmento 14
El desarrollo efectuado precedentemente, es aplicable al caso de autos, en el que el accionante denuncia actos supuestamente ilegales cometidos por el Fiscal de Materia demandado, dentro de la denuncia penal que le instauró Iván Avendaño Lara, por la presunta comisión de los delitos de asociación delictuosa, falsedad ideológica, falsificación de documento privado, uso de instrumento falsificado y falso testimonio; arguyendo que la autoridad fiscal no consideró que la misma fue presentada como producto de la venganza y revanchismo del denunciante, en tanto éste fue querellando dentro de otro proceso penal en el que fue abogado patrocinante. Así, alega que, en lugar de rechazar ipso facto la denuncia, procedió al inicio de investigaciones, expidiendo incluso mandamiento de aprehensión en su contra, en vulneración de sus derechos.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- i)
- 1.
- Fragmento 11
- III.2. De la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad: posibilidad de reclamar los actos del Ministerio Público o de la Policía ante el juez cautelar al constar inicio de investigación
- la subsidiariedad opera únicamente en los asuntos en los que conste inicio de investigación
- Fragmento 14
- III.3. Análisis en el caso concreto
- Fragmento 16
- CONFIRMAR