Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2132/2013
Fecha: 21-Nov-2013
II.4.
II.4. Consta citación al accionante el 19 de junio de 2013, a horas 10:30, a efectos de su comparecencia el 5 de julio de ese año, para su declaración informativa en calidad de sindicado (fs. 45). Declaración a la que según informe del demandado, no asistió, presentando en su lugar, un memorial solicitando el rechazo de la denuncia; por lo que, se expidió mandamiento de aprehensión en su contra a solicitud de la parte denunciante (fs. 69).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- i)
- 1.
- Fragmento 11
- III.2. De la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad: posibilidad de reclamar los actos del Ministerio Público o de la Policía ante el juez cautelar al constar inicio de investigación
- la subsidiariedad opera únicamente en los asuntos en los que conste inicio de investigación
- Fragmento 14
- III.3. Análisis en el caso concreto
- Fragmento 16
- CONFIRMAR