SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2153/2013
Fecha: 21-Nov-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, estima vulnerados sus derechos a la vida, a la salud, a la integridad física, al debido proceso y “pronta justicia”; al considerar que las constantes excusas o recusaciones de los jueces que conocieron su proceso, impidieron que los mismos se pronunciaran sobre su solicitud de internación médica a efecto de que le realicen los análisis sugeridos por la Junta Médica que lo revisó, debido a que padece varias enfermedades; efectuándose su última solicitud al Juez ahora demandado, el 11 de julio de 2013, sin que hasta la fecha hubiera sido respondida la misma. En consecuencia, corresponde en revisión verificar si tales extremos son evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela impetrada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- libertad
- Toda persona que considere que su vida está en peligro
- Por ello, a diferencia de la tutela a la libertad, y su condicionamiento del agotamiento previo de las instancias intraprocesales, para pedir su protección a través de este medio constitucional idóneo, eficaz e inmediato, respecto a la vida, su tutela puede ser solicitada de manera directa; es decir, que puede acudir a la jurisdicción constitucional, sin tener que agotar previamente la vía jurisdiccional
- la vida de las personas privadas de libertad
- III.4. Análisis en el caso concreto
- síndrome metabólico
- señalando al otrosí primero
- Fragmento 23
- CONFIRMAR