SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2190/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2190/2013

Fecha: 25-Nov-2013

denegó

La Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando mediante Resolución de 16 de julio de 2013, cursante de fs. 180 a 181, denegó la tutela, bajo los siguientes fundamentos: a) Aunque las omisiones denunciadas ocurrieron hace más de seis meses, las mismas persisten hasta el presente, por lo que el derecho de accionar no caducó; b) La autoridad judicial firmó la minuta correspondiente, pero no así la escritura en la Notaría porque no se le comunicó a cuál correspondía dirigirse, en cuya virtud existe el deber del adjudicatario de colaborar con la autoridad judicial para facilitarse su trabajo, colaboración que no recibió al no indicarle el momento ni el lugar donde la autoridad judicial debía dirigirse para la firma correspondiente; c) No cursa en el expediente ninguna solicitud por parte del accionante respecto a la entrega del inmueble; y, d) En esta acción no es posible resolver el incidente de nulidad del remate, conforme pretende el accionante, tampoco corresponde la petición de entrega del inmueble porque la denuncia se encuentra circunscrita a la omisión por parte de la autoridad judicial en no firmar la venta ante notario.