Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2207/2013
Fecha: 09-Dic-2013
III.3. La inamovilidad funcionaria hasta que el niño cumpla un año de edad
Este modelo de Estado Social responde a un modelo de organización social, política y económica basada en los valores supremos de la dignidad humana, la igualdad, la justicia en el que la política estatal debe estar siempre orientada a garantizar a la población las condiciones mínimas para una existencia digna, significando ello que su papel no se reduce a resguardar el orden público y no interferir ni vulnerar derechos, sino principalmente a contrarrestar las desigualdades existentes ofreciendo a todo el pueblo boliviano las oportunidades necesarias para desarrollar sus aptitudes, desplegar su trabajo, atender a su familia y otros inherentes a su calidad de ser humano.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 10
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. La inamovilidad funcionaria hasta que el niño cumpla un año de edad
- Se garantiza la inamovilidad laboral
- Fragmento 14
- c)
- III.4. Sobre la legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte