SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2207/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2207/2013

Fecha: 09-Dic-2013

III.4. Sobre la legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional

La legitimación pasiva es la coincidencia que existe con la calidad adquirida por un servidor público o persona individual o colectiva que presuntamente con actos u omisiones ilegales o indebidas, ha provocado la restricción, supresión o la amenaza de restringir o suprimir derechos y garantías constitucionales y contra quien se dirige la acción. Así, la jurisprudencia y doctrina emitida por el anterior Tribunal Constitucional, que no es contraria al orden constitucional, señaló que la legitimación pasiva es la: “…calidad que (…) se adquiere por la coincidencia que se da entre la autoridad que presuntamente causó la violación a los derechos y aquella contra quien se dirige la acción…”  (SC 1349/2001-R de 20 de diciembre).