SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2219/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2219/2013

Fecha: 16-Dic-2013

Fragmento 12

En ese camino, el art. 46 del Código Procesal Constitucional (CPCo), en cuanto a su objeto señala que, debe: “…garantizar, proteger o tutelar los derechos a la vida, integridad física, libertad pe3rsonal y libertad de circulación, de toda persona que crea estar indebida o ilegalmente perseguida, detenida, procesada, presa o que considere que su vida o integridad física está en peligro”. Concordante con el art. 47 del mismo código, prevé que la acción de liberta procede, (…), cuando cualquier persona crea que: “1. Su vida está en peligro; 2. Está ilegalmente perseguida; 3. Está indebidamente procesada; 4 está indebidamente privada de libertad personal”.