Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2219/2013
Fecha: 16-Dic-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La parte accionante, denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso a la defensa, a la justicia y a la seguridad jurídica; toda vez que notificada ésta con la imputación formal en su contra el 21 de febrero de 2011, y luego de sucesivas ampliaciones de la etapa preparatoria a solicitud del Ministerio Público, culminado el plazo de todas las ampliaciones, no se presentó ningún requerimiento conclusivo, pese a que el 26 de septiembre de 2012, se notificó al Fiscal Departamental con la conminatoria, venciendo el plazo el 3 de octubre del mismo año, por lo que correspondería la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- otorgó
- I.3. Trámite procesal en el tribunal constitucional Plurinacional
- II.1
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica, alcances y ámbito de protección de la acción de libertad: presupuestos de activación
- i)
- Fragmento 12
- III.2.La tutela del debido proceso a través de la acción de libertad: únicamente cuando exista indefensión absoluta, y el acto acusado de ilegal sea la causa directa para la privación de libertad
- Fragmento 14
- III.3.Análisis del caso concreto
- REVOCAR