Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2221/2013
Fecha: 16-Dic-2013
II.1.
II.1. Orlando Estevez Rodríguez en representación legal de Bonifacio Barrientos Cuellar, el 6 de marzo de 2012, planteó demanda agraria de reivindicación, desocupación y entrega de inmueble y pago de daños y perjuicios contra René Arriaga Yambae y otros, ante el Juez Agroambiental de Camiri quien, luego de realizados todos los actuados procesales, pronunció Sentencia 01/2013 de 10 de junio, mediante la cual declaró probada la demanda en todas sus partes (fs. 19 a 55).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Configuración de la acción de amparo constitucional
- III.2. El debido proceso y su doble naturaleza jurídica
- III.3. El proceso oral agrario
- toda vez que no le es permitido al juzgador señalar nueva audiencia complementaria únicamente a efectos de dictar sentencia.
- III.4. Trámite de la recusación en el proceso oral agrario
- I.
- III.5. Análisis del caso concreto
- 2º Anular