Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2232/2013
Fecha: 16-Dic-2013
II.2.
II.2. Cursan memoriales, de 20 y 22 de febrero de 2013, de impugnación a la Resolución de sobreseimiento -02/13 de 28 de enero de 2013- (fs. 33 a 36 y 37 a 41); asimismo, notificación a la accionante con dichas impugnaciones, realizada en el domicilio procesal ubicado en la av. Mariscal Santa Cruz esquina Yanacocha, Edificio Casanovas, piso 5, oficina 503 (fs. 42).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Falta de idoneidad del control jurisdiccional ejercido por jueces de instrucción en lo penal para revisar el fondo de las resoluciones fiscales de ratificación o revocatoria de sobreseimiento
- III.2. Valoración de la prueba es atribución exclusiva de la jurisdicción ordinaria
- a)
- 1) Respecto de la falta de notificación con las impugnaciones al sobreseimiento dispuesto en su favor
- ii)
- iii)
- iv)
- CONFIRMAR