Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2232/2013
Fecha: 16-Dic-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante, considera lesionado su derecho al debido proceso en sus elementos de fundamentación de las resoluciones y a la defensa; por cuanto, habiéndose dispuesto sobreseimiento en su favor, no fue notificada con las impugnaciones a dicha Resolución, también, el Fiscal demandado revocó dicho fallo sin una debida fundamentación.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Falta de idoneidad del control jurisdiccional ejercido por jueces de instrucción en lo penal para revisar el fondo de las resoluciones fiscales de ratificación o revocatoria de sobreseimiento
- III.2. Valoración de la prueba es atribución exclusiva de la jurisdicción ordinaria
- a)
- 1) Respecto de la falta de notificación con las impugnaciones al sobreseimiento dispuesto en su favor
- ii)
- iii)
- iv)
- CONFIRMAR