SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0137/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0137/2013

Fecha: 05-Feb-2013

I.1.1. Relación sintética de la acción

La accionante, señala que en su condición de Jueza Primera de Sentencia Penal de la provincia Quillacollo del departamento de Cochabamba, sustanció parcialmente un proceso por conversión de acción, proceso penal instaurado por José Hernán Galindo Paz y María Cecilia Lagomaggiore Arze contra Oscar Antonio Ecos Gómez y Sonia Torrico de Ecos, por la presunta comisión de los delitos de estafa y estelionato, proceso en el que tomó decisiones de rigor a fin de proseguir con el trámite pertinente.

De la misma forma, manifestó que los imputados se apersonaron al proceso penal mediante Edward Anthony Burke, en función a un poder conferido para tal efecto, al que no se dio valor legal alguno por no llenar las formalidades establecidas por el art. 106 del CPP, decisión que no fue entendida por los imputados y su apoderado, el cual está acostumbrado a iniciar procesos contra casi la generalidad de jueces y vocales, quien además realizó una serie de peticiones que fueron desestimadas, por lo que presentó en su contra una denuncia el “14 de junio” y posterior querella el “3 de mayo”, acto procesal que radicó ante la Fiscal de Materia, Varinia Gonzáles, misma que generó imputación formal el 27 de febrero de 2012, contra la ahora accionante.

Asimismo, indica que dicha Resolución fue puesta en conocimiento del Pleno del Consejo de la Judicatura -ahora Magistratura-, órgano que emitió la Resolución 31/2012 de 9 de mayo, determinando la suspensión de sus funciones jurisdiccionales, mediante memorando CM-CB-JRH 015/2012 de 21 de mayo, en estricta aplicación de los arts. 183.I 4 de la LOJ y 392 del CPP, reformado por la Ley de Modificaciones al Sistema Normativo Penal, razón por la que plantea la presente acción de inconstitucionalidad concreta contra los artículos señalados anteriormente.