SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0204/2013
Fecha: 27-Feb-2013
II.2.
II.2. Contra la Resolución 18/08 de 17 de mayo de 2008, el accionante interpuso recurso de apelación con los siguientes fundamentos: a) La autoridad juridicial de primera instancia no valoró objetivamente la prueba de descargo tanto documental como testifical, hechos que le causan agravio; b) La prueba de descargo documental y testifical acredita fehacientemente que la demandante desempeñó sus actividades en la gestión 2006-2007 de forma gratuita y voluntaria por lo que no corresponde el pago de ningún beneficio social ni otro; c) La demandante vulneró el principio de lealtad procesal actuando con dolo y malicia, aspectos sobre los cuales la autoridad judicial omitió pronunciarse y establecer la responsabilidad y sanción correspondiente; y, d) Está probado que cuando se prestan servicios en forma gratuita y voluntaria tal cual lo hizo la parte contraria no corresponde ningún pago de beneficios sociales ni otros (21 a 27).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- “…contra los actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman, o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley
- “(…) Interpretación de la legalidad ordinaria
- jurisdicción constitucional ingrese a revisar la interpretación de la legalidad ordinaria efectuada por el órgano jurisdiccional, es imprescindible que el agraviado: '
- (…) Valoración de la prueba
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR