Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0207/2013
Fecha: 28-Feb-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante considera que las autoridades demandadas, vulneraron su derecho a la defensa, al debido proceso y al trabajo, ya que nunca le notificaron con la resolución que resuelve su apelación; que la resolución de primera instancia carece de fundamentación y motivación, además de omitir prueba relevante que acreditaba su incapacidad temporal; asimismo, considera que se ha lesionado su derecho al plazo razonable, toda vez que la audiencia de juicio oral disciplinario se llevó después de dos años y cinco meses de haberse iniciado el proceso, habiéndose operado la prescripción. En consecuencia, corresponde establecer en grado de revisión, si es factible conceder o denegar la tutela impetrada.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió en parte
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1. El derecho al debido proceso y su interpretación evolutiva
- Fragmento 13
- III.3. Sobre el debido proceso sustantivo
- III.4. El deber de fundamentación y motivación de las resoluciones
- III.5. Análisis del caso concreto
- concluyéndose que lo relevante es el cargo en sí, no obstante que sea la anterior autoridad la que supuestamente haya lesionado los derechos y que ésta ya no forme parte de la entidad, todo esto en el sentido de no traer confusión alguna al respecto”
- i)
- conceder en parte
- 2°