SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0017/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0017/2013-L

Fecha: 06-Mar-2013

1)

Los accionantes en audiencia, ratificaron íntegramente el contenido del memorial de amparo; Deysi Lobo Vaca, señaló que el motivo de su despido fue haber planteado un amparo que salió procedente con relación a su “bono de vacunación” (sic); Asimismo, el accionante Medardo Flores Vaca, en uso de su derecho a réplica, señaló: 1) La Dirección Departamental del Trabajo, respondió al recurso de revocatoria planteado por la entidad ahora demandada, señalando que tenían la vía judicial para impugnar y no así la vía administrativa, en el marco del art. Único del Decreto Supremo (DS) 0495, por lo que se les denegó el recurso y se declinó competencia; 2) Que siendo trabajadores del área de salud, no corresponde la aplicación del Estatuto del Funcionario Público y en cuanto a la calidad de servidores públicos provisorios, señaló que son aquellos que están noventa días; en caso de encontrarse inmersos en la “ley de normas básicas” (sic), deberían ser considerados funcionarios de libre nombramiento y que en el caso de su persona, habiendo trabajado siete años de forma ininterrumpida, le correspondería en este marco normativo, ser funcionario de carrera administrativa; no obstante negó se lo pueda considerar funcionario público; 3) Que fueron contratados, cuando el Hospital se manejaba con fondos propios, no con dinero del Tesoro General de la Nación (TGN) y que recién en el mes de mayo de 2009, se abrió una cuenta municipal de salud, para destinar dinero a los hospitales, por ende fueron contratados cuando dichas cuentas no existían; desconociendo el Alcalde, como el Concejo, que clase de funcionarios eran, nominándolos trabajadores de salud, de tal forma percibieron sólo “del nivel central” (sic); y, 4) No correspondería agotar instancias, dado el cumplimiento inmediato que dispone el DS 0495 y la Constitución Política del Estado.