Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0017/2013-L
Fecha: 06-Mar-2013
II.1.
II.1. Cursa contrato de trabajo 09/2007 de 26 de febrero, suscrito por la ahora accionante Deysi Lobo Vaca con el Director y Administrador del Hospital Universitario Municipal San Juan de Dios; haciendo referencia en su cláusula segunda, al DS 28699 de 1 de mayo de 2006, dentro del marco legal de dicho contrato; indicando asimismo, en su cláusula sexta con referencia al plazo del contrato, que el mismo tendrá una duración de tiempo indefinido (fs. 12 a 13).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- a)
- i)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre el DS 28699 de 1 de mayo de 2006 y su ulterior modificación por el DS 0495 de 1 de mayo de 2010
- III.3. El carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional tiene su excepción, en razón a la necesidad de protección inmediata que requieren algunos derechos constitucionales
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte