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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2013-L
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2013-L

    Fecha: 06-Mar-2013

    2º       CONCEDER

    2º       CONCEDER la tutela solicitada sólo con relación al debido proceso componente congruencia, en consecuencia se deja sin efecto el Auto de Vista de 2 de octubre de 2010, debiendo las autoridades demandadas, dictar una nueva resolución asumiendo el entendimiento desarrollado en la presente Sentencia Constitucional en relación a la fianza de resultas, por encontrarse dentro de los agravios del recurso de apelación.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • I.2.4. Consideraciones de Sala
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2.  Sobre la garantía del debido proceso
    • el derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar (...) comprende «el conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales», a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar sus derechos
    • III.3.  De la fianza de resultas, marco legal aplicable
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • denegar
    • 2º       CONCEDER

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