SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2013-L

Fecha: 06-Mar-2013

II.3.

II.3.    Por Auto de Vista de 2 de octubre de 2010, los Vocales demandados, confirmaron la Resolución de 24 de abril de 2009 y la modificaron en cuanto al inicio del cómputo de la calificación de daños y perjuicios; disponiendo además, que el Juez a quo ordene al Banco demandado pague la suma de Bs15 000.- más $us61 369,83.- en el plazo de diez días, previa fianza de resultas que deberá prestar en audiencia a solicitarse por la parte actora; asimismo, dejó sin efecto la orden de notificarse a la ASFI, disponiendo que en caso de haberse procedido a dicha notificación, la misma queda sin efecto, debiendo hacerse conocer la indicada determinación a la referida institución, mediante despacho instruido (fs. 19 a 20 vta.).