SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2013-L

Fecha: 06-Mar-2013

denegó

La Sala Penal y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Pando, mediante Resolución de 28 de marzo de 2011, denegó la acción de amparo constitucional, bajo los siguientes fundamentos: a) Lo solicitado por la accionante no cumple con los requisitos que exige el Reglamento de Licencias, Reincorporaciones y Transferencias, cuyo art. 14 indica: “La transferencia es el cambio voluntario, justificado y excepcional de especialidad o de escuela Superior de Formación de Maestros al finalizar el segundo año de formación académica para continuar sus estudios”; b) El presente caso se trata de una transferencia externa; c) El art. 18 del citado Reglamento permite la transferencia por motivos de salud, lo cual fue alegado por la ahora accionante y se le concedió dicho traspaso a La Paz; y, d) La accionante no cumple con los requisitos exigidos por el Reglamento ya señalado y de manera excepcional se le concedió la transferencia a La Paz.