Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0065/2013-L
Fecha: 12-Mar-2013
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
Señala como vulnerados sus derechos a la propiedad privada, a la libertad de residencia, permanencia y circulación, a la “seguridad jurídica”, a la integridad física, a la seguridad personal, a la dignidad, a dedicarse al comercio, la industria o cualquier actividad económica lícita, finalmente a la protección y defensa del aparato industrial, citando al efecto los arts. 15.I, 21.2 y 7, 22, 23.I, 47.I, 54.II, 56, 109 y 110 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- I.1.1.Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- “improcedente el recurso”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El principio de inmediatez, presupuesto constitucional de inexcusable cumplimiento, que reviste a la acción de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR