Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0080/2013-L
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0080/2013-L

    Fecha: 12-Mar-2013

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.2.1. Ratificación de la acción
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • I.3.  Consideraciones de Sala
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.11.
    • III.    FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
    • la parte recurrente debe haber utilizado hasta agotar todos los medios y recursos legales idóneos para la tutela de sus derechos sea en la vía jurisdiccional o administrativa
    • los jueces técnicos carecen de competencia para resolver excepciones presentadas por las partes durante la preparación del juicio, las mismas que en todo caso deben ser propuestas y resueltas durante el acto del juicio y con la intervención de los jueces ciudadanos
    • no implica negar la posibilidad de que, antes del juicio oral y público, concretamente en los actos preparatorios del juicio, las partes presenten excepciones
    • III.4.  Análisis del caso concreto
    • constituyen actos procesales  y trámites incidentales que se han suscitado durante la preparación del juicio.
    • tienen expeditas todas las vías procesales de impugnación, además de las ya interpuestas
    • CONFIRMAR

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca