SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0080/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0080/2013-L

Fecha: 12-Mar-2013

III.4.  Análisis del caso concreto

Dentro de la problemática planteada, el accionante, entiende vulnerados el derecho al debido proceso y la garantía de la prohibición penal múltiple de su representado; por cuanto los Jueces Técnicos demandados ordenaron la notificación con la Acusación Fiscal y Particular, y dictaron el Auto de Apertura de Juicio contra Walter Guerreo y Juan Carlos Robledo Cruz (tercero interesado); omitiendo la Resolución de 30 de septiembre de 2010 que los excluye de la Acusación Pública en virtud de la Resolución de 15 de septiembre de 2010 que les concede la suspensión condicional del proceso. En virtud a este entendimiento solicita se anulen las Resoluciones de 6, 25 de noviembre y de 3 de diciembre todas de 2010, así como el Auto Interlocutorio de 28 de febrero de 2011, emitidos por los Jueces Técnicos demandados.

Conforme los datos del proceso y las conclusiones arribadas en los apartados II.1 al II.5 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, se advierte que los imputados Walter Guerrero y Juan Carlos Robledo Cruz fueron beneficiados con la salida alternativa de suspensión condicional del proceso por Resolución de 15 de septiembre de 2010, emitida por el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal, y habiendo el Fiscal de Materia presentado Acusación formal en su contra; el mismo Juez, por Resolución de 30 de septiembre de 2010, dispuso el sorteo de la acusación formal con la exclusión de los imputados antes mencionados.