Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0086/2013-L
Fecha: 12-Mar-2013
II.1.
II.1. Orden instruída de 8 de noviembre de 2010, emitida por el Juzgado Segundo de Trabajo y Seguridad Social, el que contiene la transcripción de las piezas procesales desde la presentación de la demanda el 18 de agosto del mismo año hasta la providencia de 5 de noviembre de 2010, en la que se “dispone la anotación preventiva en todo el sistema financiero de los fondos que tuviera la EMPRESA MINERA INTI RAYMI S.A. (…) por Secretaría líbrese el respectivo Oficio dirigido a la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero” (sic) (fs. 57 a 78 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho y garantías supuestamente vulnerados
- conceda
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- i)
- a)
- “sin lugar a la tutela”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III.1. Sobre la naturaleza jurídica de la acción de
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- rápido
- se llama severamente la atención a los miembros del Tribunal de garantías
- CONFIRMAR