Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0086/2013-L
Fecha: 12-Mar-2013
II.3.
II.3. Memorial presentado por la empresa minera Inti Raymi S.A., de 10 de diciembre de 2010, por el que se interpone reposición del Auto de 7 del mismo mes y año, bajo el argumento de que la medida solicitada por los demandantes no se encuentra prevista en norma alguna y sin embargo se dispuso la misma (fs. 80 a 82 vta.); y, memorial de complementación al anterior, de 11 de diciembre de 2010, por el que se aclara que interpone la reposición con alternativa de apelación (fs. 83 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho y garantías supuestamente vulnerados
- conceda
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- i)
- a)
- “sin lugar a la tutela”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III.1. Sobre la naturaleza jurídica de la acción de
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- rápido
- se llama severamente la atención a los miembros del Tribunal de garantías
- CONFIRMAR