SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0104/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0104/2013-L

Fecha: 20-Mar-2013

II.3.

II.3.     De las facturas emitidas por ELFEO S.A., correspondientes a los meses de enero y febrero de 2011, se tiene que las mismas fueron canceladas el 9 de marzo del mismo año (fs. 7). Emitiéndose en abril del mismo año, el aviso de cobranza por consumo de energía eléctrica por el periodo comprendido entre el 2 marzo y 4 de abril de 2011 (fs. 105). Lo cual es corroborado, mediante la certificación de 18 de abril de 2011, emitida por Ramiro Dulón Pérez, Gerente de ELFEO S.A., donde se indica que en la dirección Santa Bárbara 782 entre Arica e Iquique, se encuentra instalado el servicio con número de cuenta 3200-1-2 a nombre de Gerardo Galarza Nina; que no se canceló las facturas de los meses de marzo y abril; y que el 9 de marzo, se ordenó el corte del servicio, por falta de pago; sin embargo, la misma fue anulada por cancelación de dicha deuda (fs. 85), por lo que en ese momento el servicio estaba conectado. Asimismo de los avisos de cobranza de energía eléctrica, cursantes a fs. 104 a 105, registrados a nombre de Julia Galarza Valverde y Gerardo Galarza respectivamente, emitidos en abril de 2011, se tiene que el mes que corresponde pagar por consumo de energía eléctrica del domicilio ubicado en calle Santa Bárbara 782 entre Arica e Iquique, únicamente es el comprendido entre el 2 de marzo y el 4 de abril de 2011.