SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0112/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0112/2013-L

Fecha: 20-Mar-2013

Fragmento 18

         El accionante, señaló que le iniciaron una demanda de rescisión de contrato de venta del inmueble “El Cortijo” por efecto de lesión, suscrito el 15 de octubre de 2007, pero al momento de ser notificado, cuando el Oficial de Diligencias del Juzgado Décimo Tercero de Partido Civil y Comercial, se constituyó en el domicilio señalado por los demandantes, el portero del inmueble donde trabajaba el ahora accionante, le indicó que éste se encontraba de viaje en Europa, sin conocer su domicilio actual donde pueda ser habido, con todo lo señalado dicho funcionario judicial hizo su representación ante el Juez de la causa, quien mediante proveído ordenó que se le notifique mediante cédula.