SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0112/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0112/2013-L

Fecha: 20-Mar-2013

II.2.

II.2.  Mediante representación de 9 de octubre de 2009, el Oficial de Diligencias del Juzgado Décimo Tercero de Partido Civil y Comercial, refirió que se constituyó en el domicilio de los demandados y que fue atendido por el portero del inmueble quien le informó que éstos estaban de viaje por Europa, dejando a dicha persona el aviso judicial que regresaría al día siguiente, pero nuevamente no pudo ser habido. Por decreto de 10 del citado mes y año, el Juez de la causa ordenó que los demandados sean citados mediante cédula, actuado que se realizó el 12 del mismo mes y año (fs. 103 a 104).