SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0129/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0129/2013-L

Fecha: 20-Mar-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Desde el 17 de noviembre de 2009, se encontraría detenido preventivamente en el centro de terapia de varones de la ciudad de La Paz, en virtud a la supuesta comisión del delito de asesinato, en el cual, y a la edad de 14 años, se vio involucrado de manera totalmente casual teniendo una participación accesoria y no así delictiva. Afirman que, en virtud a la Resolución de medidas cautelares del mismo día, se encuentra hasta la fecha de presentación de esta acción privado de libertad por más de quinientos días, violentándose así el plazo máximo para la detención preventiva de un menor, que es de cuarenta y cinco días como establece el art. 233 del Código Niño Niña y Adolescente (CNNA) y la “Sentencia Constitucional 069/2010”.

Continúan relatando que, plantearon la cesación de detención preventiva ante el Juzgado de la Niñez y Adolescencia de la ciudad de La Paz, y celebrándose audiencia el 31 de marzo de 2011, fue rechazada por Resolución 76/2011. Asimismo, habiendo el ahora accionante interpuesto en audiencia el recurso de apelación, los Vocales de la Sala Penal Segunda dictaron Resolución 48/2011, confirmando el fallo de la Jueza a quo.