SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0129/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0129/2013-L

Fecha: 20-Mar-2013

libertad

La Constitución Política del Estado, sobre los valores que sustentan al Estado, en su art. 8.II afirma: “El estado se sustenta el los valores de unidad, igualdad, inclusión, dignidad, libertad…” (la negrilla es nuestra); por su parte, el art. 22  consagra la dignidad y la libertad de las personas, como inviolables, estableciendo que su respeto y protección, son deberes primordiales del Estado. La libertad personal se configura como un derecho en el art. 23 de la CPE, cuyo ejercicio se extiende a toda persona y por regla general no puede ser restringido, salvo en los casos, según las formas y en los límites establecidos por la Constitución y las leyes.