SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0133/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0133/2013-L

Fecha: 20-Mar-2013

denegado

En consecuencia, la situación planteada no se encuentra dentro de las previsiones del art. 128 de la CPE, más aún cuando al haberse dictado el Auto de 10 de febrero de 2011, antes de la audiencia de la acción de amparo cambió la situación jurídica planteada por los accionantes, por lo que el Tribunal de garantías, al haber denegado la tutela solicitada, aunque con otros fundamentos, dio correcta aplicación al citado precepto constitucional.