Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0133/2013-L
Fecha: 20-Mar-2013
Fragmento 2
A través del memorial presentado por Marcial Montaño Aly el 1 de marzo de 2011, cursante de fs. 47 a 52 vta. y subsanado el 14 del citado mes y año, por memorial que cursa a fs. 53 y vta. (en este escrito se apersonaron Amanda Franco Cabral de López y Juan Limberg Ayaviri Cabral, señalando que interponen la acción de amparo constitucional, por si mismos, sin la representación de apoderado), se tiene conocimiento de los siguientes argumentos:
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- 3)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- La garantía del debido proceso, comprende entre uno de sus elementos la exigencia de la motivación de las resoluciones
- Fragmento 17
- no podrá ser interpuesta esta acción extraordinaria, mientras no se haya hecho uso de los recursos ordinarios o administrativos
- fundamentada
- denegado
- CONFIRMAR