Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0133/2013-L
Fecha: 20-Mar-2013
II.1.
II.1. Dentro del proceso voluntario de misión en posesión hereditaria (art. 646 del CPC) seguido por Amanda Franco Cabral de López y Juan Limberg Ayaviri Cabral al fallecimiento de Pura Cabral Vaca, la Jueza Décimo Segunda de Instrucción en lo Civil y Comercial, mediante Auto de 31 de marzo de 2010, dio posesión real, corporal y judicial del bien inmueble ubicado en la zona Lazareto con una extensión superficial restante de 3157 m². (fs. 7 a 9 vta.).
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- 3)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- La garantía del debido proceso, comprende entre uno de sus elementos la exigencia de la motivación de las resoluciones
- Fragmento 17
- no podrá ser interpuesta esta acción extraordinaria, mientras no se haya hecho uso de los recursos ordinarios o administrativos
- fundamentada
- denegado
- CONFIRMAR