SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0261/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0261/2013

Fecha: 08-Mar-2013

salvo por las causas y en las condiciones fijadas de antemano por las Constituciones Políticas de los Estados Partes o por las leyes dictadas conforme a ellas

En la misma dirección la Convención Americana sobre Derechos Humanos en su art. 7 desarrolla las garantías mínimas que deben ser observadas al momento de restringir el derecho a la libertad personal, entre ellas, establece que:        “1. Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad personales”, que “2. Nadie puede ser privado de su libertad física, salvo por las causas y en las condiciones fijadas de antemano por las Constituciones Políticas de los Estados Partes o por las leyes dictadas conforme a ellas” y que “3. Nadie puede ser sometido a detención o encarcelamiento arbitrarios” (el resaltado es nuestro).