SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0276/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0276/2013

Fecha: 13-Mar-2013

d)

d) Finalmente, en el inciso 4) del Fundamento Jurídico III.5.1 del presente fallo y en relación al art. 21 inc. a) del Anexo al DS 23318-A, modificado por el art. 1 del DS 26237, se señaló que se realizará el pertinente test de constitucionalidad en cuanto a la precisión de atribuciones encomendadas a la autoridad sumariante para el conocimiento de procedimientos administrativos emergentes de la responsabilidad por el ejercicio de la función pública, en el marco del ámbito de aplicación personal de la responsabilidad funcionaria plasmada en el art. 15 de este Decreto Supremo. En este orden y de acuerdo a los argumentos ya desarrollados en el inc. a) del Fundamento Jurídico III.5.2, se establece que la disposición objeto del presente análisis de compatibilidad constitucional, es decir el art. 21 inc. a) del Anexo al DS 23318-A, modificado por el art. 1 del DS 26237, no excede el mandato inserto en el art. 28 inc.d) de la LACG y por ende no afecta la garantía de reserva de ley ni el principio de fractura del poder, por lo que la norma sometida al presente test de constitucionalidad, no es contraria al contenido de los arts. 12.III, 14.IV, 122, 232, 233 y 410 de la CPE.