SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0276/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0276/2013

Fecha: 13-Mar-2013

Fragmento 30

                       El art. 410.II de la CPE, establece que: “La Constitución es la norma suprema del ordenamiento jurídico boliviano y goza de primacía frente a cualquier otra disposición normativa”, precepto a partir del cual, debe ser desarrollado el principio de interpretación “desde y conforme a la constitución”; en este marco, al haberse desarrollado en el acápite precedente una descomposición de contenidos de las normas denunciadas como inconstitucionales y al haberse delimitado los elementos normativos objeto del análisis de compatibilidad constitucional, corresponde en este estado de cosas, realizar el pertinente test de constitucionalidad.