Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0291/2013
Fecha: 13-Mar-2013
II.6.
II.6. A través del acta de audiencia conclusiva de 29 de marzo de 2012, consta que la defensa del imputado, al considerar que el requisito de afianzamiento a la víctima por reparación del daño, ya habría sido cumplido, solicitó la aplicación de la suspensión condicional del proceso a favor de su defendido; en el mismo sentido, consta también que el abogado de las víctimas, manifestó en dicha audiencia, la rotunda negativa de sus clientes por no haber existido un acercamiento real y verdadero del autor del hecho (fs. 63 vta).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Artículo 24º.- (Condiciones y Reglas).
- III.3. Análisis del caso concreto