Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0301/2013
Fecha: 13-Mar-2013
II.4.
II.4. El 29 de junio de 2012, Rodrigo Eduardo Antelo Castillo, ex Fiscal de Distrito de Tarija, determinó que el accionante no tenía legitimación activa para objetar la Resolución de rechazo, y tampoco acreditó ser apoderado de la víctima Dominga Farfán Leañez, por lo que determinó remitir antecedentes a la Fiscalía de origen declarando ejecutoriada la Resolución de rechazo de denuncia (fs. 2 a 3 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad y ex autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre los hechos y derechos controvertidos
- III.3. Análisis del caso concreto
- no corresponde a la justicia constitucional dilucidar la calidad de víctima y querellante del accionante, porque ese es un aspecto que debe ser resuelto en la jurisdicción ordinaria.
- denegado
- CONFIRMAR