Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0301/2013
Fecha: 13-Mar-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante indica que, en su calidad de querellante, se vulneraron sus derechos a la “objeción”, de petición, al acceso a la justicia, a la defensa, al debido proceso, a la igualdad efectiva de las partes y a la verdad material; por cuanto, el Fiscal de Distrito de ese entonces, Rodrigo Eduardo Antelo Castillo, desestimó la impugnación que realizó contra la Resolución Fiscal de rechazo de la denuncia. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad y ex autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre los hechos y derechos controvertidos
- III.3. Análisis del caso concreto
- no corresponde a la justicia constitucional dilucidar la calidad de víctima y querellante del accionante, porque ese es un aspecto que debe ser resuelto en la jurisdicción ordinaria.
- denegado
- CONFIRMAR